El Tribunal Constitucional ha concreto que esa situación de extraordinaria y urgente carencia puede deducirse «de una pluralidad de instrumentos», entre ellos, los que quedan reflejados en la exposición de motivos de la norma» (STC 6/1983, de 4 de febrero). Cuando el cuantía de las citadas pensiones, concurrentes y no https://acoso-sexual-laboral70104.webdesign96.com/34822586/decreto-1075-de-2025-no-hay-más-de-un-misterio